Con el cambio en la Unidad de Medida y
Actualización (UMA) es necesario dar un repaso a las novedades que se presentan
respecto a las cuotas obrero-patronales conforme el IMSS y el Código Fiscal de
la Federación.
Para
determinar la cuotas obrero-patronales debemos recordar que, de conformidad con
el artículo 28 de la Ley del
Seguro Social, los trabajadores se inscriben ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con un
salario base de cotización cuyo límite inferior es de 1 Unidad de Medida y Actualización (UMA) ($80.60) y el
superior, 25 de UMA ($2,015).
Es ese
salario base de cotización el que se utiliza para determinar el salario diario
integrado conforme a los factores siguientes que serán aplicables para 2018:
Es
importante mencionar que mediante el Decreto del 27 de enero de 2016,
se desvinculó o desindexó el Salario
Mínimo para dejar de utilizarse como índice, unidad, base
o medida de referencia para los fines ajenos a su naturaleza, sustituyéndose
por la UMA.
El 25
de enero de 2017, el IMSS emitió el Acuerdo
del Consejo Técnico número 26/2017, en el que solicitó la
adecuación de los sistemas informáticos institucionales con los procedimientos
técnico operativos y los formatos necesarios para la adopción de la UMA.
Asimismo,
el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, mediante oficio No. 6/2016-2017,
señaló a sus integrantes que debe entenderse que se utilizará la UMA para el
cálculo de las cuotas de prestaciones en especie (fija y excedente) del Seguro de Enfermedades y
Maternidad.
Para
efectos del pago, el segundo párrafo del artículo 14 del Reglamento del Código Fiscal de
la Federación establece que cuando el pago de las cuotas
se efectúe con cheque, este deberá expedirse a favor del organismo
descentralizado del que se trate; el cheque no será negociable y será abonado
exclusivamente a la cuenta bancaria del organismo descentralizado
correspondiente.
Por
último, la regla
2.1.19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 señala
que el cheque deberá contener lo siguiente:
a) Anverso: “Para abono en cuenta
bancaria del (organismo descentralizado)” y el número del registro del
contribuyente en el organismo relativo.
b) Reverso: “Cheque librado para el
pago de contribuciones federales a cargo del contribuyente (nombre del
contribuyente)” con Registro Federal de Contribuyentes. Para abono en cuenta
bancaria del (nombre del organismo).
Fuente: SoyConta.com
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