lunes, 22 de enero de 2018

¿QUÉ DEBES SABER SOBRE LAS DECLARACIONES INFORMATIVAS?


Además de las declaraciones en las que se presenta un impuesto, los contribuyentes están obligados a presentar declaraciones informativas en las que se muestran datos cualitativos y cuantitativos de sus actividades en un cierto período de tiempo.
Declaraciones informativas anuales

1. La declaración informativa múltiple



  • Anexo 1. Información anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidios para el empleo y para la nivelación del ingreso.
  • Anexo 2. Información sobre pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS.
  • Anexo 3. Información de contribuyentes que otorguen donativos.
  • Anexo 4. Información sobre residentes en el extranjero.
  • Anexo 5. De los regímenes fiscales preferentes.
  • Anexo 6. Empresas integradoras. Información de sus integradas.
  • Anexo 7. Régimen de pequeños contribuyentes.
  • Anexo 8. Información sobre impuesto al valor agregado.
  • Anexo 9. Operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero.
  • Anexo 10. Operaciones efectuadas a través de fideicomisos.


Medio de presentación de la declaración informativa múltiple


Contribuyentes obligados a presentar las declaraciones informativas de partes relacionadas
Medio de presentación de las declaraciones informativas de partes relacionadas
Declaraciones informativas mensuales

Cómo y cuándo se presenta

Existen declaraciones informativas que se presentan de manera mensual y otras que se presentan anualmente, una vez concluido el ejercicio fiscal.

A más tardar el 15 de febrero del año inmediato posterior al cierre del ejercicio fiscal, las personas morales, las personas con fines no lucrativos y las personas físicas con actividades profesionales y empresariales deben presentar Declaración Informativa Múltiple, que contiene información dispuesta en los siguientes anexos:

En 2018 queda sin efectos el Anexo 1. Es importante aclarar que, en virtud de la implementación del CFDI de Nómina, los contribuyentes que realizan erogaciones por concepto de sueldos y salarios ya no tienen la obligación de presentar el Anexo 1, que queda sin efecto alguno.
La Declaración Informativa Múltiple se presenta de manera electrónica mediante el programa DIM que el SAT pone a disposición de los contribuyentes en su portal (http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/software/Paginas/declaracion_informativa_multiple.aspx)


2.  Las declaraciones informativas de partes relacionadas:


A partir de la Reforma Fiscal de 2016 se incorporó a la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) el artículo 76-A que obliga a las personas morales que realicen operaciones con partes relacionadas en el extranjero a presentar las declaraciones informativas maestra, local y país por país. Dichas declaraciones deberán presentarse a más tardar el 31 de diciembre del año inmediato posterior al cierre del ejercicio fiscal en el que se llevaron a cabo las operaciones.

En general, están obligadas a la presentación de las informativas maestra y local aquellas personas morales que, teniendo operaciones con partes relacionadas en el extranjero, hubieran tenido ingresos acumulables mayores a $686,252,580 M. N. en el ejercicio inmediato anterior. La informativa país por país es para aquellas personas morales que tengan el carácter de controladoras de un grupo multinacional y hayan obtenido ingresos superiores a $12,000,000,000 M. N. en el ejercicio inmediato anterior.

Las obligaciones del artículo 76-A no sustituyen la presentación del Anexo 9 de la DIM. De acuerdo con lo arriba señalado, el Anexo 9 de la DIM es la informativa que las personas morales deben enviar en caso de que hubieran llevado transacciones con partes relacionadas en el extranjero. De ninguna manera las informativas del artículo 76-A sustituyen o eliminan tal obligación, ya que estas últimas van dirigidas a un conjunto muy particular de contribuyentes, ya sea por sus circunstancias o por su nivel de ingresos.

Las declaraciones informativas de partes relacionadas se presentan de manera electrónica con el programa que para tal efecto pone a disposición de los contribuyentes el SAT en su portal. La plataforma tecnológica se liberó apenas el pasado mes de noviembre, por lo que es recomendable leer las guías de presentación para una mejor comprensión.


3. Declaración informativa de operaciones con terceros:


Si bien no es la única, esta declaración, mejor conocida como DIOT, es sin duda la informativa mensual más importante, pues obliga a todas las personas físicas y morales que realicen actos o actividades afectos al IVA a presentar un reporte que detalle losproveedores de bienes y servicios con quienes se llevaron a cabo transacciones a lo largo del mes (en cumplimiento del artículo 32, fracción VIII de la Ley del Impuesto al Valor Agregado).

Las personas físicas y morales presentarán la DIOT durante el mes inmediato posterior al que corresponda la información mediante formato electrónico A-29 Declaración Informativa de Operaciones con Terceros.


Fuente: SoyConta





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