lunes, 16 de abril de 2018

SAT PUBLICA DOS PRÓRROGAS PARA PRESENTAR INFORMACIÓN SOBRE SUBCONTRATACIÓN LABORAL

Estimados Colegas:

El día de hoy les compartimos una nota sobre las nuevas fechas para consultar y presentar información sobre la subcontrataciòn laboral.




El SAT publicó en su página oficial el quinto anteproyecto para la Resolución Miscelánea Fiscal del 2018. Ya sabes, nada de lo que hablemos aquí es obligatorio hasta que lo veas en el Diario Oficial de la Federación, pero de todas formas es bueno saberlo.

Algunos de los cambios más importantes en esta nueva versión se encuentran en el artículo cuarto. El primero tiene que ver con la subcontratación laboral: la fecha a partir de la cual el contratante puede realizar la consulta de la información autorizada por el contratista por actividades de subcontratación laboral respecto a los meses de enero, febrero y marzo de 2018 será el 27 de mayo. En la versión anterior, esto se podía hacer a partir del 7 de febrero.

Todo esto se refiere a la aplicación “Autorización del contratista para la consulta del CFDI y declaraciones”, que el SAT publicó en su página oficial, en la que contratistas pueden registrar la información del contratante, contratos y los datos de los trabajadores que hacen subcontratación. Esta aplicación se creó para favorecer a más de treinta mil personas morales y para que nadie se pase de listo con la evasión fiscal o el abuso de la subcontratación.

Además de esto, el segundo cambio importante es sobre el aviso de cumplimiento de las obligaciones del ejercicio de 2017, que podrá presentarse a más tardar el 31 de mayo de 2018. Antes de esto, la fecha límite era el 28 de febrero.

Este cambio se refiere a la información del 2017, que debe presentarse para la subcontratación laboral a través de otra aplicación llamada “Autorización del contratista para la consulta del CFDI y declaraciones”. Esta aplicación tiene el objetivo de que los contratistas puedan conceder la autorización a los contratantes para que revisen información relacionada con:

CFDI por concepto de pago de salarios de los trabajadores subcontratados
CFDI del pago de cuotas obrero patronales al IMSS de dichos trabajadores
Declaración del pago provisional del ISR por retenciones sobre el salario pagado a los trabajadores
Declaración de pago definitivo de IVA
Estas aplicaciones son parte de las acciones tomadas por el SAT para que los contribuyentes que hagan o contraten servicios de outsourcing cumplan con las obligaciones que tienen según la Ley del ISR y del IVA.


Fuente: www.elcontribuyente.mx



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