El día hoy les comentamos 5 problemas más comunes de la factura 3.3, a los que nos enfrentamos actualmente todos
los contribuyentes, debido a los
interminables procesos de prórrogas y correcciones, que confunde a los usuarios.
Estos son algunos de los problemas más comunes que aún hoy en
día enfrentan los contribuyentes, ocho meses después de la implementación
obligatoria de la factura 3.3.:
1. La pesadilla
de los CFDI relacionados.
Los CFDI relacionados sirven para indicar la relación entre un CFDI y otro emitido anteriormente. Por ejemplo, cuando emites una nota de crédito debes indicar el tipo de relación que guarda con su factura de ingreso y señalar el folio fiscal del documento origen. Muchos contribuyentes no están utilizando los CFDI relacionados.
2. ¿Y dónde
está la ley que lo sustenta?
El SAT está implementando cambios para los que falta el fundamento legal, o la regla miscelánea pertinente, aunque sí se hayan publicado los complementos con sus anexos y catálogos.
3.- El catálogo que no tiene tu producto o servicio.
Hay muchas actividades que no tienen un número asignado en el catálogo de productos y servicios, lo que causa problemas al generar los comprobantes que amparan la realización de la actividad. A su vez, esto puede provocar que algunos receptores de CFDI no puedan deducir sus gastos.
4. El caos de
las cancelaciones.
La cancelación de CFDI con autorización del receptor no es algo nuevo. Este cambio fue introducido originalmente en 2016, pero su implementación ha sido postergada desde ese entonces. La última prórroga vencerá el 31 de agosto de 2018. Hay casos en los que necesitas la autorización del receptor para cancelarlo, pero depende de factores como el tipo de CFDI, la cantidad y los días transcurridos desde el timbrado de la factura.
5. ¿Y mi
devolución, apá?
Las empresas
que incurren de manera constante en errores al generar los CFDI pueden sufrir
retrasos en sus devoluciones de saldos a favor de impuestos e incluso en las
devoluciones de sus empleados. En casos extremos, también podrían ser
sancionados por el SAT.
Fuente: elcontribuyente.mx
PRIMERAS PLANAS:
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