martes, 7 de agosto de 2018

Si ya fuiste notificado de irregularidades por buzón tributario, ¿deberías de aparecer además en la página del SAT y en el Diario Oficial?


ESTIMADOS COLEGAS Y AMIGOS:

El día hoy les traemos las etapas en las que notifica el SAT al contribuyente la presentación de documentos.

El artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (en su segundo párrafo), indica que las autoridades pueden notificar a los contribuyentes a través del buzón tributario, la página del SAT y en el Diario Oficial de la Federación, para que puedan presentar los documentos que se solicitan.
     
 El procedimiento consta de dos etapas: en la primera, las autoridades notifican a través de los tres medios mencionados. En la segunda se emite un listado de los contribuyentes que no presentaron los documentos.
    


 Pero una tesis expuesta por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, expuso que las autoridades fiscales deben abstenerse de notificar a los contribuyentes mediante la página del SAT y el Diario Oficial de la Federación cuando los notificados han dado aviso de que se han enterado a través de su buzón tributario.
     
 Esto se debe a que la notificación es una medida para que los contribuyentes expongan sus documentos, no una determinación total para advertir sobre irregularidades en sus emisiones, pues esto podría dañar la imagen y prestigio profesional. 


Fuente:elcontribuyente.mx

PRIMERAS PLANAS:

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