ESTIMADOS COLEGAS Y
AMIGOS:
El día hoy les traemos
las etapas en las que notifica el SAT al contribuyente la presentación de
documentos.
El artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (en su segundo
párrafo), indica que las autoridades pueden notificar a los contribuyentes a
través del buzón tributario, la página del SAT y en el Diario Oficial de la
Federación, para que puedan presentar los documentos que se solicitan.
El procedimiento consta de dos etapas: en la primera, las
autoridades notifican a través de los tres medios mencionados. En la segunda se
emite un listado de los contribuyentes que no presentaron los documentos.
Pero una tesis expuesta por el Tercer Tribunal Colegiado del
Vigésimo Séptimo Circuito, expuso que las autoridades fiscales deben abstenerse
de notificar a los contribuyentes mediante la página del SAT y el Diario
Oficial de la Federación cuando los notificados han dado aviso de que se han
enterado a través de su buzón tributario.
Esto se debe a que la notificación es una medida para que los
contribuyentes expongan sus documentos, no una determinación total para
advertir sobre irregularidades en sus emisiones, pues esto podría dañar la
imagen y prestigio profesional.
Fuente:elcontribuyente.mx
PRIMERAS PLANAS:
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