lunes, 16 de abril de 2018

SAT PUBLICA DOS PRÓRROGAS PARA PRESENTAR INFORMACIÓN SOBRE SUBCONTRATACIÓN LABORAL

Estimados Colegas:

El día de hoy les compartimos una nota sobre las nuevas fechas para consultar y presentar información sobre la subcontrataciòn laboral.




El SAT publicó en su página oficial el quinto anteproyecto para la Resolución Miscelánea Fiscal del 2018. Ya sabes, nada de lo que hablemos aquí es obligatorio hasta que lo veas en el Diario Oficial de la Federación, pero de todas formas es bueno saberlo.

Algunos de los cambios más importantes en esta nueva versión se encuentran en el artículo cuarto. El primero tiene que ver con la subcontratación laboral: la fecha a partir de la cual el contratante puede realizar la consulta de la información autorizada por el contratista por actividades de subcontratación laboral respecto a los meses de enero, febrero y marzo de 2018 será el 27 de mayo. En la versión anterior, esto se podía hacer a partir del 7 de febrero.

Todo esto se refiere a la aplicación “Autorización del contratista para la consulta del CFDI y declaraciones”, que el SAT publicó en su página oficial, en la que contratistas pueden registrar la información del contratante, contratos y los datos de los trabajadores que hacen subcontratación. Esta aplicación se creó para favorecer a más de treinta mil personas morales y para que nadie se pase de listo con la evasión fiscal o el abuso de la subcontratación.

Además de esto, el segundo cambio importante es sobre el aviso de cumplimiento de las obligaciones del ejercicio de 2017, que podrá presentarse a más tardar el 31 de mayo de 2018. Antes de esto, la fecha límite era el 28 de febrero.

Este cambio se refiere a la información del 2017, que debe presentarse para la subcontratación laboral a través de otra aplicación llamada “Autorización del contratista para la consulta del CFDI y declaraciones”. Esta aplicación tiene el objetivo de que los contratistas puedan conceder la autorización a los contratantes para que revisen información relacionada con:

CFDI por concepto de pago de salarios de los trabajadores subcontratados
CFDI del pago de cuotas obrero patronales al IMSS de dichos trabajadores
Declaración del pago provisional del ISR por retenciones sobre el salario pagado a los trabajadores
Declaración de pago definitivo de IVA
Estas aplicaciones son parte de las acciones tomadas por el SAT para que los contribuyentes que hagan o contraten servicios de outsourcing cumplan con las obligaciones que tienen según la Ley del ISR y del IVA.


Fuente: www.elcontribuyente.mx



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lunes, 2 de abril de 2018

SAT analiza eliminar portales de facturación.


Estimados colegas:

En la nota del día  les compartimos acerca de los rumores que se tienen por parte del SAT de eliminar los portales de facturación.




Esta medida afectará a las empresas que obligan al comprador a hacer sus propias facturas. 
Una práctica común para varios comercios del país es delegarle la obligación de facturar a los clientes. Así como no harías que tus comensales cocinen su comida en tu restaurante, no deberías dejar que tus clientes hagan sus propias facturas. Por esto, hay un rumor circulando por ahí de que el SAT quiere eliminar los portales de facturación que algunas empresas utilizan para que los contribuyentes hagan sus facturas. Esto es lo que te conviene saber al respecto.
¿En qué consiste?
Antes que cualquier otra cosa, el contribuyente no tiene la obligación de hacer sus facturas. Idealmente, para solicitar una factura solo sería necesario proporcionar el RFCpero en la práctica se suele pedir más información como nombre, teléfono, razón social, dirección, etc. Si por alguna razón el contribuyente decide no dar esta información o no la tiene a la mano, debe ir a los portales de facturación de estas empresas. En esos portales, el contribuyente puede obtener la factura (con los mismos datos que no otorgó desde el principio).  
Aquí es donde entra la posibilidad de que el SAT elimine estos portales de facturación, lo que implicaría reducir los tiempos y agilizar todo el proceso; además, serían los negocios y las empresas los que cargarían con la responsabilidad. Aunque tendría que haber sido así desde el principio.
¿Por qué lo hacen?
Este tipo de prácticas son comunes en varios niveles, no solo en los pequeños negocios. Así que afectan a varios contribuyentes que terminan haciendo sus propias facturas bajo el engaño de que si no las realizan en un tiempo determinado, se pierde la oportunidad. Para que no te vayas con la finta, el Código Fiscal de la Federación establece que las facturas se pueden hacer durante todo el año fiscal en el que se hizo la venta.
La idea detrás de todos los cambios en la facturación electrónica y otros proyectos del SAT es bajar costos y tiempo para los contribuyentes. El hecho de que las empresas decidan utilizar los portales de facturación demuestra que esto no es del todo cierto. La razón principal de que lo hagan es que no tienen que invertir en capacitación ni en software ni en tiempo, por lo que representa una salida fácil y rápida para el problema de la facturación.
Esto es una prueba de que no todos los cambios anunciados por el SAT son lo que prometen ser, aunque también es sabido que siempre habrá alguien que se quiere pasar de listo y busca cortar todas las esquinas posibles.
Nada es seguro
De momento, todo esto son rumores. Están basados en los comentarios hechos por Osvaldo Santín, jefe del SAT, cuando comenzó en su puesto. Así que hasta ahora, es solo una idea que podría tomar lugar en el futuro, y que suena como un cambio agradable para los contribuyentes.
Fuente: https://www.msn.com

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