martes, 10 de julio de 2018

EVITA ERRORES Y MULTAS AL REALIZAR TUS FACTURAS



Buenos días Colegas! 
Te presentamos estas noticias:

  • El plazo para aprender y adoptar el proceso de cancelación de comprobantes fiscales digitales se aplaza hasta el 1 de septiembre, confirma el SAT.
  • Si la factura es por arriba de los 5,000 pesos y el error lo viste tres días después de haberla emitido, será necesario notificar a tu receptor sobre la cancelación. 


    Algunos contribuyentes envían sus facturas con errores y se dan cuenta hasta después de una semana. Así que cancelan cuando el receptor ya autorizó el pago.A consecuencia de esto, al receptor de la factura se le generan impuestos (IVA e ISR) que ya no coinciden con sus ingresos. Además, nunca se entera de que le cancelaron dicha factura sino hasta el momento de hacer sus declaraciones provisionales.







Fernando Martínez Coss afirma que en este supuesto pueden caer los 7.5 millones de contribuyentes que emiten actualmente facturas electrónicas. Por eso el SAT alargó el plazo para que lleven a cabo sus cancelaciones de la siguiente manera:

1.   CASO 1: ERROR EN EL MONTO 

En este supuesto, el contribuyente A (emisor) emite una factura al contribuyente B (receptor) por 1,000 pesos. Pero el monto correcto son 1,100 pesos. Al emitirse la factura, llega automáticamente al SAT. ¿Cómo se resuelve el problema?

Si el error estuvo en la cantidad a pagar/cobrar y este monto es menor a 5,000 pesos, la factura debe ser cancelada por el contribuyente A sin necesidad del consentimiento del contribuyente B,siempre y cuando no haya comenzado el proceso de pago, y le generará una nueva factura con el monto correcto.

2.   CASO 2: ERROR EN CONCEPTO

Si la factura supera los 5,000 pesos y tiene un error en la descripción del producto (por ejemplo, el emisor vendió relojes pero en la factura dice sillas), aplicarían dos supuestos:

SUPUESTO 1: Si el emisor se da cuenta del error en los primeros tres días de haber emitido la factura, podrá hacer la cancelación del comprobante fiscal digital sin consentimiento del receptor. Y se generará una nueva factura.

SUPUESTOS 2: Si se da cuenta del error pasados esos tres días, el emisor tendrá que avisar al receptor y enviarle una solicitud de cancelación a través de su buzón tributario. No podrá enviar la nueva factura hasta que el receptor acepte la cancelación.

La cancelación de las facturas se deberá hacer a través de tres vías:

1) Por el portal del SAT, a través del buzón tributario, si el contribuyente emitió la factura por la plataforma del fisco.

2) A través de la plataforma de su Proveedor Autorizado de Certificación (PAC)

3) Si son cientos o miles de facturas, la cancelación se hará a través de una aplicación especial, desarrollada por los PACs.

Las reglas de cancelación de los comprobantes fiscales digitales o facturas se anunció en mayo del 2017 y se dio como plazo hasta el pasado mes de junio para adoptarse. Ésta es la segunda prórroga que el fisco da a lo contribuyentes.

“Nos dimos cuenta que esto implicaba cambios tecnológicos, técnicos y de capacitación para las empresas y personas físicas y era necesario más tiempo”, dice Martínez Coss. Es por eso que se amplió el plazo hasta septiembre de 2018. 





PRIMERAS PLANAS








lunes, 9 de julio de 2018

4 ACTIVIDADES CONTABLES PARA ESTAR BIEN CON EL SAT


Estimados Colegas y Amigos,
Buenos Días:

A Continuación, les compartimos información.






Con el aumento de los controles del SAT como lo es el CFDI con versión 3.3, Contabilidad Electrónica, DIOT y Pagos Referenciados, los contribuyentes tenemos que buscar un punto medio entre como cumplir con las disposiciones fiscales, pero también aprovechar estos cambios para mejorar los procesos internos.

Para lograr eso tenemos que tomar en cuenta la situación actual, analizando las herramientas que utilizamos para cumplir con las obligaciones fiscales.

Con tanta información con la que cuenta el CFDI con la nueva versión 3.3, es primordial aprovechar lo que ya está hecho, tanto por el contribuyente que emite sus CFDI por ventas, notas de crédito, nominas o pagos, como por los que se reciben de parte de proveedores como son gastos, inversiones, notas de crédito y también pagos.

֎ Reporte de los CFDI Emitidos ֎

Siempre inicio con lo que he emitido como contribuyente, obteniendo el reporte de los CFDI´s del mes que se trate. Este reporte lo puedes obtener de tu sistema de facturación electrónica, tanto los CFDI de ingresos, egresos, pagos y nómina.

No se recomienda trabajar solo con el reporte de tu sistema de facturación electrónica, por motivos que explicare más adelante en la sección de Descarga Masiva.



֎ El XML en la Contabilidad ֎

En la contabilidad deben estar reflejados todos los CFDI´s emitidos por el contribuyente, en algunos sistemas de contabilidad se pueden cargar los XML´s de forma manual u obtenerlos desde la página del SAT. Una vez vaciados los XML´s emitidos y recibidos, se procede a tomarlos en cuenta para su contabilización.

Depende el sistema de contabilidad que utilices, pero lo ideal es que trabajes con uno que pre-contabilice los XML´s de forma automática y que te dé a elegir entre diferentes tipos de conceptos de ingresos, gastos, inversiones (activos fijos), nomina, pagos, banco e incluso que genere la DIOT en base a esta información.

֎ Descarga Masiva de TODOS tus CFDI´s ֎

Sería un error considerar solo lo que tenemos en nuestro poder, como lo son los CFDI´s emitidos (departamento de facturación) y recibidos (enviados por proveedores y acreedores), hay que tener en cuenta que podrían existir más XML´s en el SAT que no consideramos, por ejemplo, los siguientes:

·         Mas facturas emitidas por proveedores.
·         Duplicidad de ingresos por error en la emisión de facturas de ingresos, egresos y nómina.
·         CFDI con el complemento para pagos de proveedores.
·         Posible cancelación de un CFDI por parte del proveedor.
·         Notas de crédito emitidas por proveedores.

Los documentos mencionados anteriormente, deben ser considerados para la contabilidad, no importando si fueron emitidos por error o si el proveedor realizo un CFDI que no queremos contabilizar.

La descarga masiva de los CFDI´s lo considero como una actividad complementaria, pero importante para verificar que las cantidades reportadas por el sistema de facturación sean las mismas con las que cuenta el SAT.

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֎ Emite tus Facturas Globales ֎

Si tienes actividad con el público en general, es necesario que emitas la factura global por esos ingresos. Para tener un control de cuáles son los ingresos NO facturados, se debe de conciliar contra notas de venta y los CFDI emitidos, para determinar los ingresos que se reflejaran en la factura global (diaria, semanal, mensual).

Lo más recomendable es apoyarse del estado de cuenta bancario, que es donde se reflejan los ingresos del contribuyente, conciliando continuamente lo contra lo facturado. La diferencia que se obtenga de lo que no está conciliado con un CFDI, se entiende que necesita estar amparado con una factura global por ingresos con el público en general.

Recomendaciones

La intención de este artículo es que los Contadores, Contribuyentes o Despachos Contables, tomen en cuenta las fuentes de información contenidos en el XML, Contabilidad, estados de cuenta e información del SAT, para beneficio del contribuyente y evitar revisiones electrónicas por diferencias encontradas en lo declarado.

Fuente: Contador Mx


PRIMERAS PLANAS





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MOTIVOS POR LOS QUE EL SAT PUEDE PUBLICAR TUS DATOS EN SUS LISTAS NEGRAS

Estimados Colegas y Amigos:

A Continuación, les compartimos información sobre los motivos que el SAT utiliza para publicar contribuyentes en sus listas negras.

                               

EL SAT PUEDE PUBLICAR TUS DATOS EN SU LISTA NEGRA POR ESTOS MOTIVOS

Los datos de los contribuyentes se deben tratar con absoluta reserva, excepto en algunos casos, como en la lista negra. 

Ya sea que se deba a tu error o al de las autoridades, no es bueno terminar en una de las listas del Servicio de Administración Tributaria. Hay listas de incumplidos, de sospechosos de operaciones inexistentes, de los que se defienden de las sospechas, etc. Lo que tienen en común estas listas es que ninguno de los que se ve en ellas quiere estar ahí. Entonces, si no quieres terminar en la lista de incumplidos del SAT, procura no caer en alguna de las siguientes excepciones.


Cómo aparecer en las listas

El artículo 69 del Código Fiscal de la Federación dice que las autoridades fiscales deben tratar la información y la documentación de los contribuyentes con absoluta reserva. Esto, obviamente, no aplica si los contribuyentes son publicados en las listas de incumplidos del SAT.

Pero, ¿qué te puede llevar a las listas? Más adelante en el mismo artículo se establecen las situaciones en las que pueden encontrarse los contribuyentes para que sus datos no sean tratados  con la máxima reserva que establece la ley:

1. Tener a su cargo créditos fiscales firmes.
2. Tener a su cargo créditos fiscales determinados, que siendo exigibles, no se encuentren pagados o garantizados.
3. Que estando inscritos ante el Registro Federal de Contribuyentes, se encuentren como no localizados.
4. Tener una sentencia condenatoria ejecutoria por un delito fiscal.
5. Que se les hubiere condonado algún crédito fiscal.

Si un contribuyente está en alguno de estos supuestos, el Servicio de Administración Tributaria publicará en su página de internet su nombre, denominación o razón social y clave del Registro Federal de Contribuyentes.


                           




¿Qué se puede hacer?

Si no te gusta ver tu nombre en la lista, puedes aportar las pruebas que creas necesarias para demostrar que no mereces estar en alguno de esos supuestos. Después de esto, la autoridad fiscal deberá resolver el procedimiento en un plazo de tres días, contados a partir del día siguiente al que se reciba la solicitud. Si tus pruebas son suficientes, el SAT debe borrar tu información publicada.

Fuente: El Contribuyente

PRIMERAS PLANAS










 

martes, 3 de julio de 2018

4 actividades Contables-Fiscales para estar bien con el SAT


Con el aumento de los controles del SAT como lo es el CFDI con versión 3.3, Contabilidad Electrónica, DIOT y Pagos Referenciados, los contribuyentes tenemos que buscar un punto medio entre como cumplir con las disposiciones fiscales, pero también aprovechar estos cambios para mejorar los procesos internos.
Para lograr eso tenemos que tomar en cuenta la situación actual, analizando las herramientas que utilizamos para cumplir con las obligaciones fiscales.
Con tanta información con la que cuenta el CFDI con la nueva versión 3.3, es primordial aprovechar lo que ya está hecho, tanto por el contribuyente que emite sus CFDI por ventas, notas de crédito, nominas o pagos, como por los que se reciben de parte de proveedores como son gastos, inversiones, notas de crédito y también pagos.
Como Contador Público me gustaría compartirles cómo utilizar la información que ya tiene el CFDI versión 3.3 y también como amarrar la información contra la base de datos del SAT.



REPORTE DE LOS CFDI EMITIDOS

Siempre inicio con lo que he emitido como contribuyente, obteniendo el reporte de los CFDI´s del mes que se trate. Este reporte lo puedes obtener de tu sistema de facturación electrónica, tanto los CFDI de ingresos, egresos, pagos y nómina.
No se recomienda trabajar solo con el reporte de tu sistema de facturación electrónica, por motivos que explicare más adelante en la sección de Descarga Masiva.

EL XML EN LA CONTABILIDAD

En la contabilidad deben estar reflejados todos los CFDI´s emitidos por el contribuyente, en algunos sistemas de contabilidad se pueden cargar los XML´s de forma manual u obtenerlos desde la página del SAT. Una vez vaciados los XML´s emitidos y recibidos, se procede a tomarlos en cuenta para su contabilización.
Depende el sistema de contabilidad que utilices, pero lo ideal es que trabajes con uno que pre-contabilice los XML´s de forma automática y que te dé a elegir entre diferentes tipos de conceptos de ingresos, gastos, inversiones (activos fijos), nomina, pagos, banco e incluso que genere la DIOT en base a esta información.

DESCARGA MASIVA DE TODOS TUS CFDI´S

Sería un error considerar solo lo que tenemos en nuestro poder, como lo son los CFDI´s emitidos (departamento de facturación) y recibidos (enviados por proveedores y acreedores), hay que tener en cuenta que podrían existir más XML´s en el SAT que no consideramos, por ejemplo, los siguientes:
  • Mas facturas emitidas por proveedores.
  • Duplicidad de ingresos por error en la emisión de facturas de ingresos, egresos y nómina.
  • CFDI con el complemento para pagos de proveedores.
  • Posible cancelación de un CFDI por parte del proveedor.
  • Notas de crédito emitidas por proveedores.
Los documentos mencionados anteriormente, deben ser considerados para la contabilidad, no importando si fueron emitidos por error o si el proveedor realizo un CFDI que no queremos contabilizar.
La descarga masiva de los CFDI´s lo considero como una actividad complementaria, pero importante para verificar que las cantidades reportadas por el sistema de facturación sean las mismas con las que cuenta el SAT.

EMITE TUS FACTURAS GLOBALES

Si tienes actividad con el público en general, es necesario que emitas la factura global por esos ingresos. Para tener un control de cuáles son los ingresos NO facturados, se debe de conciliar contra notas de venta y los CFDI emitidos, para determinar los ingresos que se reflejaran en la factura global (diaria, semanal, mensual).
Lo más recomendable es apoyarse del estado de cuenta bancario, que es donde se reflejan los ingresos del contribuyente, conciliando continuamente lo contra lo facturado. La diferencia que se obtenga de lo que no está conciliado con un CFDI, se entiende que necesita estar amparado con una factura global por ingresos con el público en general.

RECOMENDACIONES


La intención de este artículo es que los Contadores, Contribuyentes o Despachos Contables, tomen en cuenta las fuentes de información contenidos en el XML, Contabilidad, estados de cuenta e información del SAT, para beneficio del contribuyente y evitar revisiones electrónicas por diferencias encontradas en lo declarado.
Como se mencionó al principio, este es el método que utilizamos en ContadorMx, aprovechando lo ya realizado en los CFDI´s emitidos y recibidos, disminuyendo en gran medida el error humano.
Estas son las herramientas que utilizamos para optimizar la elaboración de las diferentes actividades contables y fiscales
Si ya los utilizas, te felicito y te agradezco tu confianza, si aún no los utilizas, te comento que todos tienen su versión de demostración y están listas para que los pongas a prueba.
Déjanos tu testimonio en la sección de comentarios si ya los utilizas o tus dudas de lo aquí expuesto.
Fuente: contadormx 

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lunes, 2 de julio de 2018

Racionalidad e irracionalidad jurídica en el derecho

Racionalidad e irracionalidad jurídica en el derecho

(LA TEORÍA DE SISTEMAS Y EL PENSAMIENTO COMPLEJO EN EL DERECHO TRIBUTARIO)

Dr. Miguel Ángel Santillana Solana

EL DERECHO ES susceptible de estudiarse mediante la filosofía; las áreas clásicas en las que la filosofía y el derecho se enhebran; o dicho de otro modo, el derecho puede ser analizado filosóficamente desde el punto de vista de la estructura lógica de la norma…

El argumento del SAT: Documentos de fácil confección, ilegal

Mtro. Obed Chávez Pérez

NO SON POCAS las veces en que la autoridad administrativa, en aras de quitarle valor probatorio a las documentales privadas que ofrece el contribuyente durante el transcurso de una visita domiciliaria o revisión de gabinete, se escuda bajo el pretexto que son documentos de fácil confección, por tanto, no son suficientes para desvirtuar las pretensiones de aquellos.



Amnistía Fiscal: un deseo que se cumple cada seis años

C.P.C. y M.D.F. Germán Reyna y Herrero

LA AMNISTÍA FISCAL es un proceso temporal de condonación fiscal para la regularización de activos y eliminación de una deuda para un grupo específico de contribuyentes que no cumpliera con sus obligaciones en el tiempo debido. En el caso de México, ésta ocurre cada seis años, una vez que entra en funciones el Presidente de la República Mexicana.













La expropiación de la dignidad humana de los contribuyentes; convalidar violaciones formales es violar la dignidad humana

Dr. Silvino Vergara Nava

En México, en el artículo 1 de la Constitución, se establece el respeto a la dignidad humana, respecto a la cual la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya ha sostenido por jurisprudencia que no se trata de un principio político o de buenos deseos, sino que se trata de un derecho constitucional…

http://www.defensafiscal.mx


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viernes, 29 de junio de 2018


En un comunicado que el SAT ha dado a conocer el día de hoy, reconoce que durante 2017 lograron una recaudación en 115 mil 432 millones de pesos más de lo que se tenía previsto. Meta que se había establecido en la Ley de Ingresos. Al parecer tanto la contabilidad electrónica como la facturación CFD 3.3 rindieron buenos frutos.
Durante el 2017 la Secretaría de H
acienda y Crédito Público, por medio de su entidad, el SAT, informó que lograron una pequeña recaudación por la cantidad de 2 billones 854 mil 799 millones de pesos. ¿Quieres ver cómo se ve la cifra? Así se ve:

$2,854,799,000,000.00


De hecho, el SAT menciona que superaron la meta que tenían prevista en la Ley de Ingresos por 115 mil 432 millones de pesos.

¿Cómo logró tanta recaudación el SAT?

Recordemos que en 2017 hubo 2 variantes muy importantes. La primera es la contabilidad electrónica, como parte de una obligación generalizada por todos los contribuyentes. Y la segunda la factura CFDI 3.3
En tanto, lo que se recaudó de los impuestos se distribuyó de la siguiente manera:



Con esto vemos que la principal fuente de ingresos en cuestión de recaudación tributaria sigue siendo el ISR y por mucho, superando más del 50% del total de lo recaudado.

Ahora bien, la autoridad ha mencionado que estos son solo ingresos de contribuyentes que pagaron voluntariamente sus impuestos, es decir que no se están considerando aún los importes de aquellos que se encuentran en procesos de revisión o juicios, por lo que la cifra podría aumentar… solo ligeramente.

¿QUÉ PODRÍAS COMPRARTE CON ESA CANTIDAD DE DINERO?

Sabemos que son números un poco difíciles de manejar, pero para que te des una idea te dejamos algunos ejemplos de lo que ese dinero equivale o podrías comprarte.

Con una cantidad de 2,854,799,000,000.00 podrías:
  • Comprar 33,195 casas blancas de la Gaviota
  • Comprar la compañía de Whatsapp 8,347 veces
  • Comprar la compañía de Facebook 529 veces.
  • Es 1982 veces la fortuna de Walter White (Breaking Bad).
  • Es 2 veces la fortuna de Carlos Slim (es casi como si fuera dueño de la mitad de México… literal).
  • Comprar 4 millones 78 mil 284 casas del Infonavit.
  • Comprar 105 millones de iPhones.
  • Pagar lo que se robó Javier Duarte 48 veces. (Eso quiere decir que del total de lo que se robó, 2.1% representa el total de lo recaudado, de todo México).

Así podría extenderme con una larga lista, pero parece suficiente para que te des una idea de cuanto dinero mueve nuestro sistema tributario y sobre todo en qué ramas. Ah, y por cierto, esta es la ley de ingresos del 2018, para que sepas cuánto se pretende recaudar en el siguiente año.

Fuente: www.contadorcontado.com

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