Estimados colegas:
Les
comparto los errores que más se cometen cuando se realiza el llenado del
complemento de recepción de pagos, es importante conocerlo para evitarlos.
ERRORES EN LA INSTRUMENTACIÓN Y ENVÍO DEL COMPLEMENTO
RECEPCIÓN PAGOS
El año
pasado el Servicio de Administración Tributaria
(SAT) dictó las reglas para la nueva Factura
o CFDI 3.3, que tiene mucho que ver con esta columna que hace referencia
al complemento de recepción de pagos
versión 1.0. Hablaremos de los errores más comunes en el llenado de los
campos y, como consecuencia, el envío del complemento.
Muchos de
los errores se cometen porque no se conocen los elementos
que forman parte integral de la validación que hace el SAT. Es
importante recordar que tenemos cinco elementos principales y estos a su vez
contienen elementos adicionales o datos que deben requisitarse, y algunos de
ellos tiene implícito un catálogo. Estos elementos son los siguientes:
1.
Pago.
2.
DoctoRelacionado.
3.
Impuestos.
4.
Retenciones.
5.
Traslados.
Los errores comunes están en los atributos
relacionados con los elementos mencionados. Es prudente que revises con
atención y de manera uniforme principalmente los siguientes (aunque todos son
importantes):
a) FormaDePago.
b) Moneda.
c) Tipo de cambio.
d) RFCEmisor.
e) Cuenta Ordenante.
f) Importe del saldo.
g) Número de parcialidad.
b) Moneda.
c) Tipo de cambio.
d) RFCEmisor.
e) Cuenta Ordenante.
f) Importe del saldo.
g) Número de parcialidad.
Todos los
campos son importantes, no sólo los siete enunciados; hay más de 30 atributos en los que existe
validación al interior de la página del SAT, y en algunos de ellos
claramente es mandatorio y debe
ir un valor numérico o alfanumérico, que está relacionado abiertamente
con el CFDI 3.3.
Cabe
mencionar que este complemento debe expedirse por larecepción
de pagos en parcialidades y en los casos en que se reciba el pago
de la contraprestación en una
sola exhibición, pero que la misma no sea cubierta al momento de la
expedición. Esto incluye aquellas operaciones que se hayan pactado a crédito o
que sencillamente sean liquidadas en fechas posteriores.
Otro de
los puntos que debes tener en consideración es que la expedición del
comprobante se deberá hacer a más tardar al décimo
día natural del siguiente mes al que se recibió el pago, la
justificación es que el dato es utilizado como información en la determinación
del IVA mensual correspondiente.
Es un poco confusa la utilización de dicho
comprobante y los casos en que debe utilizarse y en qué casos no es necesario,
así como cuáles son los campos a utilizarse, debido a que deben estar
relacionados con el CFDI. En muchos de los casos se trata de los siguientes:
a) Compensación
de pagos
b) Pago por definir
c) Pago diferido o en parcialidades
b) Pago por definir
c) Pago diferido o en parcialidades
a
Fuente:Soyconta.mx
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