Estimados Colegas:
Les comparto los
principales errores que se cometen en la nueva factura 3.3 ya que
ésta requiere de más información, por el momento no se establece alguna multa temporalmente para estos errores, se calcula que solo sea el primer semestre de este año.
5 ERRORES PRÁCTICOS EN LA EMISIÓN DE LOS CFDI VERSIÓN 3.3
Y SUS MULTAS
En la nueva factura 3.3, los contribuyentes debemos especificar todas nuestras operaciones con datos como tipo de moneda, tipo de activos que vendemos, bancos, direcciones postales, entre otros, lo que le facilitará al Servicio de Administración Tributaria (SAT), fiscalizarlos con un menor esfuerzo.
La factura 3.3 requiere de más
información e implica una curva de aprendizaje importante, en especial para
aquellos contribuyentes que realizan sus facturas sin ayuda de un contador o
que no trabajan con un PAC que les envíe la información necesaria.
Estos son algunos de los principales
errores que han cometido los usuarios al emitir las nuevas facturas y que
puedes evitar para que no rechacen tus facturas:
1.- MÉTODO Y FORMA DE PAGO
Si al momento de emitir la factura
electrónica aún no has recibido el pago por el servicio que brindaste, solo
tienes que indicar la clave que indica que el pago está por definir (99), ya
que si señalas que la compensación ya se realizó, por ejemplo vía trasferencia
electrónica (03), aunque aún no se haya hecho, el SAT considerará que ya
recibiste ese ingreso y por lo tanto, te requerirá que pagues el impuesto
correspondiente.
Si sabes que el pago se realizará en
varias exhibiciones, entonces debes señalar que este se hará en parcialidades o
diferido. En este caso, si no sabes el método de pago, sí debes señalar que
está por definir.
Y no olvides utilizar el complemento
de pagos si es que el pago se realizará en varias exhibiciones, ya que deberás
generar un comprobante por cada pago que recibas y uno más por el total de la
transacción, y relacionarlos entre ellos.
2. CLAVE DE PRODUCTO O SERVICIO
Como parte de la nueva factura 3.3, el
SAT publicó varios catálogos con 53,000 productos y servicios, por lo que los
contribuyentes deben buscar la clave que más se adecue a la mercancía que
venden o servicio que prestan.
Aunque el SAT dijo que aún no
considerará multas por errores, lo que se recomienda es que vayan SIENDO más
específicos al elegir sus productos desde los catálogos y no usar la clave
genérica, salvo en casos excepcionales, o en el caso de que no exista el
producto en el catálogo.
Si el producto específico no está en
el catálogo, el contribuyente puede usar la clave del producto o servicio que
lo englobe. Por ejemplo, si emitirás una factura por la venta de donas, puedes
utilizar la clave 50181900 de Pan, galletas y pastelitos dulces.
3. TASA O CUOTA
Si la factura que emitirás implica un
servicio o un bien exento del Impuesto al Valor Agregado (IVA), tendrás que
especificar que la tasa del impuesto es de 0.00. En las versiones anteriores de
la factura electrónica este campo podía quedar en blanco, pero ahora, tendrás
que señalar que la tasa es de cero. Y no olvides que el paso inicial que se
recomienda aplicar con el CFDI 3.3 es dar de alta tus impuestos.
Para ello, insistimos, debes
asesorarte con un contador de confianza, ya sea de forma permanente o pagándole
“por evento” por cada asesoría. Hoy en día, al menos para arrancar la
facturación en esta versión, TODOS DEBEMOS ASESORARNOS CON UN CONTADOR.
4. USO DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI)
Otro de los errores es señalar en
todas las facturas electrónicas o CFDIs “Por definir” en el apartado de uso de
comprobantes.
Si aún no sabes para que se utilizará
el comprobante puedes poner por definir, pero en caso contrario, debes
especificar el uso y la clave correspondiente, como gasto en general, gastos
médicos por incapacidad o discapacidad, honorarios médicos, etcétera.
5. DOMICILIO FISCAL
Aunque ya no es necesario solicitar la
dirección fiscal a los clientes, muchos negocios continúan pidiéndolo, y
aunque no le quita validez al comprobante, implica una pérdida de tiempo para
el consumidor.
Trata de dar de alta el domicilio de
tus clientes desde el inicio. Si prefieres no hacerlo, ponte de acuerdo con tu
cliente si lo requiere.
A fin de cuentas al SAT no le interesa
que este dato aparezca en los comprobantes, con el RFC le basta para
identificar a los involucrados en una transacción a detalle.
¿Multas por factura 3.3?
El SAT ha indicado que de momento no
se impondrán multas si el contribuyente comete un error en las claves de
los productos o la medida de estos, siempre y cuando estén bien descritos
en los campos correspondientes.
No obstante, aún no se conoce el
tiempo que durará este periodo de gracia, se calcula que durará sólo el primer
semestre del año, por lo que los contribuyentes debemos acelerar el
proceso de aprendizaje, y de esta manera evitar errores en nuestras nuevas
facturas.
Si los contribuyentes cometemos por
ejemplo en la clave o medida de los productos, los
contribuyentes enfrentarán estas multas:
Persona física: de $1,240.00 pesos a $2,410.00 pesos.
Persona moral de $13,5470.00
pesos a $77,580.00 pesos.
Y en caso de reincidencia la autoridad
podría incluso clausurar las actividades del contribuyente de tres a 15 días.
Fuente:
Contadormx.
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